CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 327-328 interpuesto por Jorge Miguel Zorrilla Machicao, representante legal de la Agencia de Viajes "Zocama Tours", contra el auto de vista Nº 483 de 26 de octubre 2005 (fs. 306-307), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social que sigue Carol Arteaga Claros contra la Agencia de Viajes recurrente, la respuesta de fs. 334, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 30 de 22 de marzo de 2005 (fs. 262-266), declarando parcialmente probada la demanda, ordenando que los propietarios de la Agencia de Viajes y Turismo "Zocama Tours S.R.L.", paguen la suma de Bs. 18.746,00.- a favor de la actora, por concepto de indemnización, aguinaldo vacación y sueldo devengado
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por ambas partes,, por auto de vista No
- Que, contra el referido auto de vista, el representante legal de la Agencia de Viajes
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- De tal manera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por haberse respondido al recurso extemporáneamente
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
