CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 80 interpuesto por Marcelo Vásquez Chávez, representante legal de JACARANDA S.A., contra el auto de vista Nº 318/2005 de 20 de noviembre de 2005 (fs. 75), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro el proceso social que sigue Carmen Silvia Olguín Rodríguez contra la Empresa recurrente, la respuesta de fs. 84, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la sentencia de 5 de julio de 2003 (fs. 55-56), declarando probada en parte la demanda de fs. 5-5 vta. e improbada la excepción perentoria de pago documentado, ordenándose a Jorge Marcelo Vásquez Chávez, en su calidad de gerente propietario de la Empresa JACARANDA, otorgue a la demandante los subsidios de lactancia que le corresponden
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 318/2005 de 20 de noviembre de
- Que, contra el referido auto de vista, el representante legal de la empresa demandada, interpone
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- De tal manera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
