CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral de reintegro de beneficios sociales, el Juez Segundo
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VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 102-104, interpuesto por Alfredo Arratia Del Río, Administrador de la Caja Nacional de Salud Regional La Paz, contra el auto de vista Nº 264/2005-SSA-II de 15 de octubre de 2005 (fs. 96), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social, que sigue Arturo Calle Cardozo, contra la entidad que representa el recurrente, la respuesta de fs. 106, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral de reintegro de beneficios sociales, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 74/03 de 26 de septiembre de 2003 (fs. 72-75), declarando probada la demanda de fs. 5-6 e improbada la excepción perentoria de pago de fs. 45-46, con costas, disponiendo que la entidad demandada cancele al actor la suma de Bs. 15.320,12.-, por concepto de reintegro de indemnización y desahucio
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral de reintegro de beneficios sociales, el Juez Segundo
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, mediante auto de
- Concluyó indicando que se conceda el recurso de casación en la forma, puesto que el
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Es decir, el recurrente ignora que las causales de casación en el fondo, se sustentan
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
