En grado de apelación, deducida por la parte demandada, por auto de vista de 14
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VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 133, interpuesto por Urs Josef Bushler, en representación de la Empresa Hotelera ORION S.A., contra el auto de vista de 14 de noviembre de 2005 (fs. 129-130), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni; dentro el proceso social por pago de beneficios sociales seguido por John Legon Stewart contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 136-137, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Trinidad-Beni, emitió la sentencia No. 23/2005 el 8 de septiembre de 2005 (fs. 114-116), declarando probada en parte la demanda de fs. 3-4, disponiendo no haber lugar al pago de horas extraordinarias y sí tiene derecho el demandante al pago de beneficios sociales, conforme la liquidación inserta, que asciende a la suma de Bs. 15.956.-
En grado de apelación, deducida por la parte demandada, por auto de vista de 14 de noviembre de 2005 (fs. 129-130), se confirmó totalmente la sentencia apelada, cursante de fs. 114-116, que ordena el pago de Bs. 15.956, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, deducida por la parte demandada, por auto de vista de 14
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad y casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación ciertamente es
- Que, examinado el recurso, se advierte que el mismo es confuso, porque conforme define la
- En efecto, el recurso no precisa en qué causal ampara su reclamo ni cumple los
- En consecuencia, tampoco procede la nulidad de obrados, al no estar demostrado ninguna de las
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
