Que, contra el referido auto de vista, el representante de la empresa demandada interpone recurso
Que, contra el referido auto de vista, el representante de la empresa demandada interpone recurso de casación (fs. 291-295), realizando una relación del expediente cual si se tratara de una fundamentación de agravios, para concluir transcribiendo en forma de listado las causales previstas en los arts. 16 de la L.G.T. y 9 de su D.R. y, en definitiva, solicitar en forma incongruente y confusa, la casación en el fondo y en la forma pidiendo se case el auto de vista por atentar contra el ordenamiento jurídico boliviano, obviando lo dispuesto en los arts. 253 y 254 del Cód. Pdto. Civ.; es decir, el recurso carece de un petitorio claro y concreto que responda a sus legítimos intereses
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por el representante de la empresa demandada, por auto de
- Que, contra el referido auto de vista, el representante de la empresa demandada interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
