CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente
CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente lo denunciado en el recurso, de cuyo análisis y compulsa, se tiene lo siguiente:
I.- En autos, previa revisión minuciosa del proceso, se establece que la recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., es decir identificar adecuadamente, cuáles son los errores in procedendo, en que hubiera incurrido el Tribunal ad quem a momento de emitir el auto de vista, para que se pueda anular obrados hasta el vicio más antiguo; porque sólo refiere que no se habría considerado las nulidades alegadas en el recurso de apelación y que se incurrió en violación de varias normas del Cód. Pdto. Civ., C.P.E. y Cód. Civ
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por la indicada Cecilia Karim lea Plaza Heredia, representante de
- Dicha resolución, motivó el recurso de nulidad de fs
- CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente
- II
- Por ello, al haberse concedido el recurso de casación interpuesto por quien no ha participado
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
