CONSIDERANDO: La Sala Civil de la Corte Suprema, después de examinar el recurso de casación
CONSIDERANDO: La Sala Civil de la Corte Suprema, después de examinar el recurso de casación anotado precedentemente ha llegado a la conclusión de que no obstante las referencias efectuadas por el propio recurrente respecto a las características y objeto del recurso de casación según nuestra legislación, así como a la jurisprudencia transcrita en el recurso, no cumple las exigencias del art. 253 del Código de procedimiento civil, conforme al cual éste procede cuando la sentencia recurrida contuviere violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley; o cuando contuviere disposiciones contradictorias; o, finalmente, cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error de derecho o de hecho. Este último deberá ser evidenciado con documentos auténticos que demostraren la equivocación manifiesta del juzgador
- PARTES : Prefectura del Departamento de Santa Cruz c/ Empresa de Consultores y Auditores SINCOA
- CONSIDERANDO: Concluyendo el proceso en primera instancia, el Juez 7º de Partido en lo Civil
- Contra la resolución mencionada, el nombrado Alejandrino Pugliessi, como representante de dicha empresa, apela a
- Finalmente, el mismo Alejandrino Pugliessi formula el recurso de casación en el fondo que cursa
- CONSIDERANDO: El recurrente expresa que la empresa por él representada ha ejecutado su trabajo responsablemente,
- Manifiesta que el auto de vista no ha hecho una valoración real y justa de
- Luego, bajo el título de "Características de la Casación en el fondo", indica en qué
- CONSIDERANDO: La Sala Civil de la Corte Suprema, después de examinar el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad que
- MINISTRO RELATOR: Dr. Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 1º de Marzo de 2006
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
