CONSIDERANDO: que Ernesto Vidaurre Rivera mediante su recurso de casación impugna el Auto de Vista
CONSIDERANDO: que Ernesto Vidaurre Rivera mediante su recurso de casación impugna el Auto de Vista Nº 4/2006, señalando: que según el auto recurrido de casación el Tribunal de origen ha incurrido en retardación de justicia al no dar lectura a la sentencia en el plazo previsto por ley; que se ha restringido el principio de publicidad; que no se valoraron las pruebas de cargo y descargo, no se fundamentó correctamente la resolución apelada, y que el representante del Ministerio Público no cumplió con sus obligaciones durante y después del juicio oral; por lo que anuló la sentencia en su totalidad
- Homicidio
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 587 a 593 interpuesto por Ernesto Vidaurre Rivera
- CONSIDERANDO: que el Tribunal de Casación declara admisible el recurso de casación cuando éste ha
- CONSIDERANDO: que Ernesto Vidaurre Rivera mediante su recurso de casación impugna el Auto de Vista
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
