Que, las partes, podrán pedir que la resolución pronunciada por cualesquier autoridad jurisdiccional, aclare alguna
Que, las partes, podrán pedir que la resolución pronunciada por cualesquier autoridad jurisdiccional, aclare alguna expresión obscura, o corrija algún error, siempre y cuando no impliquen modificaciones esenciales; además la solicitud de explicación, complementación y enmienda debe realizarse dentro del plazo previsto en el artículo 125 del Código de Procedimiento Penal
- PARTES : Ministerio Público y otra c/ Diego Roca Rojas
- VISTOS Y CONSIDERANDO: el memorial interpuesto por Diego Roca Rojas solicitando explicación, complementación y enmienda
- Que Diego Roca Rojas en su solicitud de complementación, manifiesta: 1) que su recurso de
- Que, las partes, podrán pedir que la resolución pronunciada por cualesquier autoridad jurisdiccional, aclare alguna
- Que del análisis de la solicitud se infiere: que con respecto al punto 1) el
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, declara NO HABER
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
