POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad que le confiere el Art. 60 inciso 1) de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 101 - 102, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 91 - 94, interpuesto por Alberto Ernesto Bonadona Cossio, en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, anterior Dirección de Pensiones. Con costas
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Recurso de Reclamación
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- Recurso que con la respuesta de la demandante se concede mediante Auto de fs. 98
- CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso y no obstante de que no cumple a cabalidad
- Consiguientemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas, corresponde resolver el recurso intentado en la forma
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
