POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de la Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco, Ministra de la Sala Penal Primera, convocada al efecto, en aplicación del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el imputado cursante de fojas 63 a 65
- AUTO SUPREMO: Nº 104 Sucre 06 de abril de 2006
- PARTES: Ministerio Público c/ Benito Rocha
- Transporte de sustancias controladas
- VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 63 a 65 interpuesto por Benito Rocha
- CONSIDERANDO: que examinados los obrados del proceso, se concluye que la impetrante ha planteado los
- Que el recurso de casación interpuesto no cumple con los requisitos exigidos por los artículos
- CONSIDERANDO: de la revisión prolija del Auto de Vista se llega a establecer que éste
- Tomando en cuenta que el recurso de casación además de su función propia y unificadora
- La línea doctrinal sentada por este máximo Tribunal de Justicia va en el sentido de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Sucre, seis de abril de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
