POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del Ministro Dr. Jaime Ampuero García, Presidente de la Sala Penal Primera, convocado al efecto, en ejercicio de la facultad conferida por el articulo 59 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, aplicando la disposición contenida en el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal; ADMITE el recurso de Casación de fojas 87 a 88 de obrados y dispone que, por Secretaría, se remitan a todas las Salas Penales de las Cortes Superiores del país, fotocopias de la sentencia de fojas 56 a 59, del Auto de Vista de fojas 75 a 76 y el presente auto de admisión, para los fines establecidos en el parágrafo segundo del artículo 418 de la Ley Nº 1970
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Karina Verónica Arias Salas, de fojas 87 a
- CONSIDERANDO: que la Ley Nº 1970 exige que todo recurso de casación, para su admisión,
- Que, en el caso de autos, se evidencia que la recurrente interpone su recurso dentro
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
