Auto Supremo AS/0151/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2006

Fecha: 02-May-2006

CONSIDERANDO: que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, establece que


Que, el Ministerio Público a fojas 569 a 570, respecto a la solicitud del imputado, requirió porque el Tribunal Supremo declare la extinción de la acción penal a favor del encausado, conforme la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Nº 1970 y la Sentencia Constitucional Nº 101/04, por haber transcurrido el plazo de los cinco años para la conclusión del proceso.

CONSIDERANDO: que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, establece que el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos y verificables los orígenes o motivos de la dilación del proceso y que: "la extinción de la acción penal sólo (procede) puede ser conforme a la Constitución, cuando se constate que la no conclusión del proceso dentro del plazo máximo establecido por la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 1970 es atribuible a omisiones o falta de diligencia debida a los órganos administrativos o jurisdiccionales del sistema penal y no a acciones dilatorias del imputado o procesado"