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    Auto Supremo AS/0185/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0185/2006

    Fecha: 18-May-2006

    Regístrese y hágase saber


    POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por Disposiciones Transitorias, Tercera, segundo párrafo del Código de Procedimiento Penal, de oficio declara NO HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y ordena proseguir el proceso penal hasta su conclusión.

    Regístrese y hágase saber
    • PARTES : Ministerio Público c/ Nelson Vallejos Llanto y otro
    • Tráfico de sustancias controladas
    • VISTOS: el requerimiento de fojas 220 a 221 interpuesto por el representante del Ministerio Público
    • CONSIDERANDO: que de la compulsa del requerimiento y de la revisión de los antecedentes procesales
    • Que el Auto Constitucional Nº 0079/2004-ECA de 29 de septiembre determina: "consiguientemente, no habrá lesión
    • Regístrese y hágase saber
    • Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
    • Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
    • Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.

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