VISTOS: el recurso de casación de fojas 78 a 80 interpuesto por Amalia Arancibia Garrón,
Tráfico de sustancias controladas. (Extinción de la acción
penal).
VISTOS: el recurso de casación de fojas 78 a 80 interpuesto por Amalia Arancibia Garrón, Fiscal de Sustancias Controladas, impugnando el Auto de Vista de 03 de mayo de 2006 de fojas 72 a 75, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Celestino Sarmiento Guamán, por la supuesta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto por el artículo 48 de la Ley 1008 y solicitud de extinción de la acción penal de fojas 109 a 116, sus antecedentes, y:
CONSIDERANDO: que existiendo una solicitud expresa de extinción de la acción penal, la misma que, por mandato de la ley, es de previo y especial pronunciamiento, corresponde a este Tribunal pronunciarse porque dicha excepción reviste una forma extraordinaria de conclusión del proceso que se traduce en la imposibilidad de continuar con dicho tramite desapareciendo el control del Estado sobre el hecho ilícito así como la posibilidad de ejercitar el ius puniendi siempre que la demora no sea atribuible a la imputada
- PARTES : Ministerio Público c/ Celestino Sarmiento Guamán
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 78 a 80 interpuesto por Amalia Arancibia Garrón,
- CONSIDERANDO: que Celestino Sarmiento Guamán, por memorial de fojas 109 a 116, solicita al Tribunal
- Por su parte la Sentencia Constitucional Nº 101/04 de 14 de septiembre de 2004, en
- No interviene la Ministra de la Sala Penal Primera Dra
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
