En apelación formulada por la indicada tercerista, mediante auto de vista Nº 006/2002-SSAI de 25
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 61-62, interpuesto por Felipe Navarro Larrazábal, en representación de María Giovanna Arana Vda. de Calle, contra el auto de vista Nº 006/2002-SSAI de 25 de enero de 2002 (fs. 43), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el fenecido proceso social que sigue Pablo Pinto Lima y otros, contra la Cooperativa Minera COTOCA Ltda., por pago de beneficios sociales, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, en ejecución de sentencia, María Giovanna Arana Vda. de Calle solicita ante el Juez de la causa, excluya de entre los bienes embargados de propiedad de la Cooperativa demandada, la Excavadora marca KOMATSU, modelo 1991, Motor Nº 12619, en consideración a que dicha maquinaria es de su propiedad. Esta solicitud, al considerársela una Tercería de Dominio Excluyente, previo traslado a las partes, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, mediante auto definitivo de 3 de septiembre de 2001 (fs. 34-35) desestimó y ordenó la prosecución del proceso.
En apelación formulada por la indicada tercerista, mediante auto de vista Nº 006/2002-SSAI de 25 de enero de 2002 (fs. 43), se confirmó la determinación del Juez a quo
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En apelación formulada por la indicada tercerista, mediante auto de vista Nº 006/2002-SSAI de 25
- Que, contra el referido auto de vista, el apoderado de la tercerista, previa nulidad de
- CONSIDERANDO II: Que, antes de considerar el recurso de casación, corresponde al Tribunal Supremo, revisar
- Igualmente, se debe recordar, con carácter previo, que conforme establecen los arts
- Consiguientemente al haber concedido el recurso de casación contra la resolución de segunda instancia, el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
