Que, contra el auto de vista, el demandante interpone recurso de casación, alegando confusamente que
Que, contra el auto de vista, el demandante interpone recurso de casación, alegando confusamente que el Tribunal ad quem, indistintamente infringió, violó y aplicó indebidamente los arts. 1º, 2º, 46 y 52 de la L.G.T., 1º del D.S. Nº 23570, 3º inc. j), 151, 153 y 158 del Cód. Proc. Trab. e incurrió en error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba, realizando una relación de antecedentes en forma cronológica, afirmando que está demostrado en autos la relación laboral, para concluir solicitando se case la resolución de alzada y se declare probada la demanda de pago de beneficios sociales
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 033/2003 de 14 de enero de
- Que, contra el auto de vista, el demandante interpone recurso de casación, alegando confusamente que
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
