Que, contra el auto de vista referido, la parte demandada, al amparo de los arts
Que, contra el auto de vista referido, la parte demandada, al amparo de los arts. 210 del Cód. Proc. Trab., y 250 del Cód. Pdto. Civ.; interpone recurso de casación acusando la infracción de los arts. 44 de la C.P.E.; 1º de la L.G.T., 1º de su Decreto Reglamentario; Ley 2027 de 27 de octubre de 1999 y art. 237 del Cód. Pdto. Civ., pidiendo se case el auto de vista recurrido y, deliberando en el fondo, se confirme el auto de 26 de febrero de 2002
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 183/2002 de 22 de junio de
- Que, contra el auto de vista referido, la parte demandada, al amparo de los arts
- CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso, aclarando con carácter previo que éste Tribunal abre su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución interviene la Ministra de la Sala Civil, Dra
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
