CONSIDERANDO: Que, el Juez 9no de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N° 159 Sucre, 21 de Agosto de 2006
DISTRITO : La Paz PROCESO: Compulsa
PARTES : Víctor Rodríguez Choque y otros c/ Sala Civil Tercera de la R. Corte Superiores del Distrito Judicial de La Paz
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: El recurso de compulsa de fojas 30-31 vlta., interpuesto por Ana Choque Vda. de Rodríguez por sí y en representación de sus hijos Víctor, Rolando, Ana María, Betzabé, Raphael Arnaldo y Víctor Sinforoso Rodríguez Choque, contra el auto de negativa de concesión del recurso de casación, pronunciado por la Sala Civil Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de la Paz en fecha 20 de junio de 2006, dentro del proceso ordinario seguido por Domingo Vargas Flores y Adolfo Vargas Rodríguez contra los compulsantes, los antecedentes del testimonio fotocopiado adjunto y,
CONSIDERANDO: Que, el Juez 9no de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, en ejecución de sentencia, por auto de fs. 3-4 del testimonio adjunto rechazó los incidentes de nulidad formulados por Juan Rodríguez Tarqui y Ana Choque Vda. de Rodríguez. Contra dicha resolución Ana Choque Vda. de Rodríguez interpone recurso de reposición bajo alternativa de apelación, reposición que es denegada y a su vez concedida la alzada en el efecto devolutivo. Elevados los obrados, el tribunal ad quem pronuncia la resolución de vista No. 241 de fecha 11 de mayo de 2006 y anula el auto de concesión de alzada, con el argumento de haberse planteado reposición bajo alternativa de apelación y no el recurso de apelación en forma directa, lo que hace inviable la apertura de la competencia del tribunal de alzada, por estar presentada en forma defectuosa
AUTO SUPREMO N° 159 Sucre, 21 de Agosto de 2006
DISTRITO : La Paz PROCESO: Compulsa
PARTES : Víctor Rodríguez Choque y otros c/ Sala Civil Tercera de la R. Corte Superiores del Distrito Judicial de La Paz
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: El recurso de compulsa de fojas 30-31 vlta., interpuesto por Ana Choque Vda. de Rodríguez por sí y en representación de sus hijos Víctor, Rolando, Ana María, Betzabé, Raphael Arnaldo y Víctor Sinforoso Rodríguez Choque, contra el auto de negativa de concesión del recurso de casación, pronunciado por la Sala Civil Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de la Paz en fecha 20 de junio de 2006, dentro del proceso ordinario seguido por Domingo Vargas Flores y Adolfo Vargas Rodríguez contra los compulsantes, los antecedentes del testimonio fotocopiado adjunto y,
CONSIDERANDO: Que, el Juez 9no de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, en ejecución de sentencia, por auto de fs. 3-4 del testimonio adjunto rechazó los incidentes de nulidad formulados por Juan Rodríguez Tarqui y Ana Choque Vda. de Rodríguez. Contra dicha resolución Ana Choque Vda. de Rodríguez interpone recurso de reposición bajo alternativa de apelación, reposición que es denegada y a su vez concedida la alzada en el efecto devolutivo. Elevados los obrados, el tribunal ad quem pronuncia la resolución de vista No. 241 de fecha 11 de mayo de 2006 y anula el auto de concesión de alzada, con el argumento de haberse planteado reposición bajo alternativa de apelación y no el recurso de apelación en forma directa, lo que hace inviable la apertura de la competencia del tribunal de alzada, por estar presentada en forma defectuosa
- CONSIDERANDO: Que, el Juez 9no de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
- Contra la resolución de vista Ana Choque Vda
- Que, el art
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
- MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre,21 de Agosto de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
