Auto Supremo AS/0362/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0362/2006

Fecha: 29-Ago-2006

VISTOS: el recurso de casación interpuesto por la Defensora de Oficio Yovana Benito Alizares en

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: No. 362 Sucre 29 de agosto de 2006

DISTRITO: Potosí

PARTES: Ministerio Público y otra c/ Cesar Alberto Martinez Chalar y Otro

asesinato y encubrimiento

**********************************************************************************

VISTOS: el recurso de casación interpuesto por la Defensora de Oficio Yovana Benito Alizares en representación de Cesar Alberto Martínez Chalar de fojas 216 a 217 vuelta, impugnando el Auto de Vista Nº 38/2006 dictado por la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Carmen Calle Flores, en contra de Cesar Alberto Martínez Chalar y Róger Gastón Herrera Ríos, por el delito de asesinato y encubrimiento respectivamente, sus antecedentes, y:

CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir las condiciones formales previstas en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, debiendo el recurrente interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando los hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado con relación al precedente invocado; estos requisitos, son a la vez que un filtro para la procedencia del recurso, un medio para el logro de su objetivo