Que, contra el auto de vista, el apoderado de la Empresa demandada, interpone recurso de
Que, contra el auto de vista, el apoderado de la Empresa demandada, interpone recurso de casación, indicando que se hubiera violado el art. 43 del D.R. de la L.G.T., porque no se ha considerado que el actor Alfonso Jurado, retiene en su poder canastillos y envases vacíos de propiedad de la empresa. Concluye pidiendo que se disponga la devolución de dichos bienes o, en su caso, se descuente su valor de los beneficios sociales que le corresponden, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por ambas partes, mediante auto de vista Nº 067/2003 SSA-II
- Que, contra el auto de vista, el apoderado de la Empresa demandada, interpone recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- En el caso presente, el recurrente alega que interpone recurso de casación en el fondo,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional del Abogado, porque no fue respondido oportunamente el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
