Apelada la sentencia por los demandantes, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte
Apelada la sentencia por los demandantes, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior de La Paz, emitió el auto de vista Nro. 069/03-SSA-I de 5 de abril de 2003, cursante a fs. 204 de obrados, por el que se revoca en parte la sentencia apelada, con la modificación de los montos calificados, disponiéndose el pago por parte de la empresa demandada en favor de Arcenio Remigio Huchani Quispe la suma de Bs. 5.901.- y de René Callisaya Laruta la suma de Bs. 5.575.-, por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo, vacación, horas extras y sueldo devengado. Esta resolución motivó el recurso de nulidad y casación que se analiza
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por los demandantes, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte
- CONSIDERANDO II: Que, previamente, debe recordarse que este recurso se equipara a una demanda nueva
- En el caso de autos, el recurrente no ha cumplido adecuadamente y a cabalidad con
- En el marco legal expuesto, el recurso es ambiguo, insuficiente, injustificable y carente de la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
