Apelada la sentencia por el demandado, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior
Apelada la sentencia por el demandado, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Cochabamba, emitió el auto de vista Nro. 183/2003 de 2 de julio de 2003, cursante a fs. 60 de obrados, por el que se confirma la sentencia apelada, con costas en ambas instancias. Esta resolución motivó el recurso de nulidad o casación que se analiza
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por el demandado, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior
- CONSIDERANDO II: Que, previamente, debe recordarse que este recurso se equipara a una demanda nueva
- En el caso de autos, el recurrente no ha cumplido adecuadamente y a cabalidad con
- En el marco legal expuesto, el recurso es ambiguo, insuficiente, injustificable y carente de la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin lugar a la regulación de honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
