CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 113-116, interpuesto por Rosario Rodríguez Barriga, abogada en representación del actor Félix Maita Durán, contra el auto de vista Nº 306 de 31 de octubre de 2003 (fs. 105-106), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social que sigue Félix Maita Durán, contra la empresa de Servicios de Seguridad "SIPPO", representada por Jorge Silva Aguilar, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia el 21 de julio de 2003 (fs. 77-78), declarando improbada la demanda de fs. 2-3, con costas
- PARTES: Felíx Maita Durán c/ Empresa de Servicios de Seguridad "SIPPO"
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por el demandante, mediante auto de vista Nº 306 de
- Que, contra el auto de vista, la indicada abogada, en representación del demandante, interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- En el caso presente, la recurrente, sin ostentar poder alguno, fundamenta el recurso de casación;
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional del Abogado, porque no fue respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
