Que, contra el auto de vista, la indicada abogada, en representación del demandante, interpone recurso
Que, contra el auto de vista, la indicada abogada, en representación del demandante, interpone recurso de casación (fs. 113-116), indicando que en la liquidación practicada, no se habría considerado el tiempo de trabajo desempeñado con el anterior empleador; que no se cancelaron las horas extras ni los dominicales, tampoco se dispuso la devolución de los descuentos por presuntos pagos a la Caja Nacional de Salud y tampoco se ordenó la actualización establecida en el D.S. Nº 20987 de 1º de agosto de 1985. Concluyó solicitando se pague a su defendido lo establecido en el finiquito otorgado por la inspectoría del trabajo
- PARTES: Felíx Maita Durán c/ Empresa de Servicios de Seguridad "SIPPO"
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por el demandante, mediante auto de vista Nº 306 de
- Que, contra el auto de vista, la indicada abogada, en representación del demandante, interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- En el caso presente, la recurrente, sin ostentar poder alguno, fundamenta el recurso de casación;
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional del Abogado, porque no fue respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
