Auto Supremo AS/0659/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0659/2006

Fecha: 29-Ago-2006

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 3ro del Trabajo y Seguridad Social de


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VISTOS: Los recursos, de nulidad de fs. 369-372 interpuesto por Karl Kaifler Frank, en representación de la Organización Obra Kolping de Bolivia y casación parcial en el fondo de fs. 375-376 planteado por Juan Gonzalo Aruquipa Vera, contra el auto de vista No. 202 de 8 de agosto de 2003 (fs. 362-364), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso laboral por cobro de beneficios sociales seguido por el nombrado Juan Gonzalo Aruquipa Vera contra la entidad demandada, las respuestas de fs. 375 y 377-380, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 3ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió sentencia el 10 de octubre de 2002 (fs. 346-347), declarando improbada la demanda de fs. 7-8, concluyendo que no se probó la relación laboral entre el actor y Kolping e improbada la excepción de prescripción de los derechos, por no haber transcurrido dos años desde la fecha que dejó de trabajar y la presentación de la demanda, considerando que sólo existió una relación civil, que no se ajusta a lo dispuesto por el art. 120 de la L.G.T