Auto Supremo AS/0668/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0668/2006

Fecha: 29-Ago-2006

En la especie, conforme refiere la parte recurrente, la apariencia que denotan tanto la documentación


En la especie, conforme refiere la parte recurrente, la apariencia que denotan tanto la documentación presentada por la parte actora, como el cúmulo de normas citadas en el recurso, advierten -equivocadamente- que el demandante fuera un servidor público, ajeno a la tutela del derecho laboral, conforme establece el art. 1º del R.L.G.T.; empero, analizando la realidad acaecida en la relación de dependencia entre éste y la institución a la que prestó sus servicios, evidencia que sin ítem del T.G.N., el demandante prestó sus servicios al Hospital demandado como asesor jurídico por más de siete años continuos y sin que se hubiera regularizado su situación como servidor público, hasta la fecha de su despido forzoso; aspecto que implica que el actor se encuentra sujeto a las normas de la L.G.T., conforme establece el numeral I del art. 69 la Ley Nº 2027 de 27 de octubre de 1999, concordante con el art. 11 de las Disposiciones finales y transitorias de la Ley No. 2028 de Municipalidades de 28 de octubre de 1999; mas aún, si su despido se produjo luego de la vigencia plena de dichas normas legales, imposibilitando su incorporación a la carrera administrativa, conforme faculta el numeral II del art. 69 de la citada Ley del Estatuto del Funcionario Público