Auto Supremo AS/0676/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0676/2006

Fecha: 29-Ago-2006

Que, a ese efecto y de la revisión de ambos recursos, se colige que los


Que, a ese efecto y de la revisión de ambos recursos, se colige que los recurrentes no cumplieron con los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil, porque no obstante de citar algunas disposiciones legales, además de confundir la naturaleza de ambos institutos y de carecer de fundamentación, no precisan -por su orden- de qué manera fueron presuntamente infringidas o aplicadas falsa o erróneamente, menos demuestran el error de hecho o de derecho que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; o de qué manera se violaron las formas esenciales del proceso