Que, a ese efecto y de la revisión de ambos recursos, se colige que los
Que, a ese efecto y de la revisión de ambos recursos, se colige que los recurrentes no cumplieron con los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil, porque no obstante de citar algunas disposiciones legales, además de confundir la naturaleza de ambos institutos y de carecer de fundamentación, no precisan -por su orden- de qué manera fueron presuntamente infringidas o aplicadas falsa o erróneamente, menos demuestran el error de hecho o de derecho que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; o de qué manera se violaron las formas esenciales del proceso
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero en lo Civil-Comercial por excusa
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 356/2003 de 11 de septiembre de
- Que, contra el referido auto de vista, el propietario de la empresa demandada interpone recurso
- Por su parte el actor a tiempo de contestar el recurso (fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a ese efecto y de la revisión de ambos recursos, se colige que los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
