Auto Supremo AS/0676/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0676/2006

Fecha: 29-Ago-2006

Que, contra el referido auto de vista, el propietario de la empresa demandada interpone recurso


Que, contra el referido auto de vista, el propietario de la empresa demandada interpone recurso de casación en el fondo, solicitando confusamente se CASE el auto recurrido y, deliberando en el fondo se sirvan dictar otra sentencia o, en su caso, ANULEN dicho auto, ordenando que el Tribunal de Segunda instancia se pronuncie sobre los puntos de la apelación formulada..."; es decir, no obstante de interponer su recurso en el fondo, alude la vulneración del art. 236 del cód. Pdto. Civ., causal contenida en el art. 254 inc. 4) del Cód. Pdto. Civ., que hace para la procedencia del recurso de casación en la forma y no como erróneamente lo considera el demandado. Asimismo aduce interpretación errónea y aplicación indebida del D.S. Nº 3691 de 3 de abril de 1954, modificado por los arts. 57 de la L.G.T. y 48 de su D.R., porque no se tomó en cuenta las utilidades consignadas en los formularios de fs. 57-62 y que no corresponde el pago de horas extraordinarias en razón de la naturaleza del trabajo que realizaba el actor; por consiguiente, dice el recurrente, no se ha cumplido a cabalidad el art. 236 del adjetivo civil; es decir nuevamente confunde la naturaleza de ambos institutos