CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 93, interpuesto por Rosario Bernal de Delgado, Gerente General de la Empresa de Correos de Bolivia "ECOBOL", contra el auto de vista Nº 81/2003 de 19 de noviembre de 2003 (fs. 89-90) pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Social, de Familia Niño, Niña y Adolescente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando; dentro el proceso social seguido por Freddy Santalla Villarroel, contra la empresa recurrente, el dictamen fiscal de fs. 110-111, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cobija, emitió sentencia en 21 de octubre de 2003 (fs. 66-67), declarando probada en parte la demanda de fs. 7, con costas, disponiendo que la empresa demandada proceda al pago de Bs.- 10.732.- a favor del actor, por concepto de indemnización, desahucio, duodécimas de aguinaldo y cuatro meses de refrigerio
- DISTRITO: Pando PROCESO: Social
- PARTES: Freddy Santalla Villarroel c/ Empresa de Correos de Bolivia "ECOBOL"
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 81/2003 de 19 de noviembre de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
