Este fallo motivó el recurso de nulidad (fs
En grado de apelación, por auto de vista Nº 305/2003 de 28 de agosto de 2003 (fs. 115-116), fue confirmada la Sentencia apelada, sin costas, con la modificación en la liquidación, en razón del record de servicios, disponiendo el pago de Bs. 2.441.66.- a favor del demandante.
Este fallo motivó el recurso de nulidad (fs. 119), expresando el recurrente en breves líneas que recurre de nulidad, por constituir la resolución una determinación totalmente injusta, ilegal y atentatoria a los intereses de la Universidad Técnica de Oruro, solicitando a la Corte Suprema de Justicia "...repare el agravio que sufrió...y declare improbado el auto de vista referido... En consecuencia se revoque o anule el auto de vista Nº 305/2003..."; petición confusa y anfibológica
- DISTRITO: Oruro PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Este fallo motivó el recurso de nulidad (fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige, como bien puntualiza el
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente y erróneo, haciendo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional de abogado, por no haberse respondido el recurso
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
