En grado de apelación, por auto de vista No
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 110-112, interpuesto por Claudia Margarita Bertram Aguilera, en representación de la O.N.G. Esperanza Bolivia, contra el auto de vista No. 109/2003 de 2 de diciembre de 2003 (fs. 107-108), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro del proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Félix Padilla Ledezma contra la entidad recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza de Partido 2do del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió sentencia el 19 de febrero de 2003 (fs. 89), declarando probada la demanda de fs. 13-14 con costas, ordenando a la entidad demandada cancelar al actor por concepto de desahucio el pago de tres meses del promedio salarial percibido, en un monto de Bs. 18.240.-
En grado de apelación, por auto de vista No. 109/2003 de 2 de diciembre de 2003 (fs. 107-108), se confirmó en todas sus partes la sentencia apelada, con costas en ambas instancias
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación, corresponde analizar si lo denunciado es
- CONSIDERANDO III: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- En la especie el recurso motivo de análisis, sólo contiene un relato intrascendente a manera
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional de abogado, al no haber sido respondido el recurso
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
