CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 523-527, interpuesto por Juan Carlos Caballero Ordoñez, en representación del demandante Amnon Shelly, contra el auto de vista Nº 209 de 18 de agosto de 2003, (fs. 517-520), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por el indicado demandante, contra la empresa "Industria Molinera y Balanceados de Alimentos para Aves y Ganado Agroindustrial Rivera S.A. (IMBA S.A.), la respuesta de fs. 528-529, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió sentencia el 31 de mayo de 2003, (fs. 495-500), declarando probado en parte el derecho demandado a fs. 18-24, con costas e improbada la excepción perentoria de pago, ordenando que la empresa demandada a través de sus representantes cancele a favor del demandante un total de Bs. 646.844,43.-, por pago de desahucio, indemnización, aguinaldo, prima, comisiones y sueldos devengados
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por el apoderado de la empresa demandada, mediante auto de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
