Que, contra el referido auto de vista, los demandantes interponen recurso extraordinario de casación en
Que, contra el referido auto de vista, los demandantes interponen recurso extraordinario de casación en la forma y en el fondo, solicitando imprecisa y ambiguamente que el alto Tribunal case en todas sus partes la resolución recurrida y de manera paralela CASE PARCIALMENTE la sentencia de primera instancia y FALLE EN LO PRINCIPAL DEL LITIGIO, debiendo aplicar las leyes conculcadas y declarar probada la demanda e improbada la excepción de prescripción; por cuanto en la forma expresa que no se ha tomado en cuenta las literales de fs. 112-170, incurriendo en un vicio procedimental, violando las formas esenciales del proceso; mientras que en el fondo, indica que la prescripción no ha sido probada según se tiene de las literales de fs. 40-41, 63 y 64; es decir, el recurso carece de total fundamento
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 186/2003 de 13 de noviembre de
- Que, contra el referido auto de vista, los demandantes interponen recurso extraordinario de casación en
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que los recurrentes no han cumplido los
- De tal manera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional, en razón de no haberse contestado el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
