CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de casación de fs. 241-243, interpuesto por Silvia Miriam Linares Molina, en representación de la Agencia Despachadora de Aduanas "Abaroa", contra el auto de vista Nº 174/03/SSA-I de 29 de agosto de 2003 (fs. 236-237), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue Waldo Gutiérrez Cuentas, contra la empresa que representa la recurrente, la respuesta de fs. 247, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 66/2001 el 1º de octubre de 2001 (fs. 195-198), declarando probada la demanda de fs. 1 e improbada la excepción de prescripción de fs. 3, ordenando que la empresa demandada, cancele a favor del actor Bs. 56.133,64, por concepto de indemnización, desahucio, primas de dos gestiones y salarios devengados
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por la representante de la empresa demandada, mediante auto de
- Que, contra el auto de vista, la representante de la Empresa demandada, interpone recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- El fundamento del recurso de casación es anfibológico, porque alega la casación, refiriendo presuntas causales
- Tampoco puede considerarse el fundamento del presunto despido justificado, sustentado en normas adjetivas e inexistentes,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
