Auto Supremo AS/0723/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0723/2006

Fecha: 29-Ago-2006

El fundamento del recurso de casación es anfibológico, porque alega la casación, refiriendo presuntas causales


En el caso presente, la recurrente alega que interpone recurso de casación en el fondo, denunciando que el Tribunal ad quem no consideró los fundamentos de la apelación, incurriendo en violación y aplicación indebida de la ley, al haberse considerado prueba documental presentada por la parte actora y denuncia además que dicho Tribunal, no consideró que la sentencia fue dictada extemporáneamente, incurriendo en la infracción del art. 236 del Cód. Pdto. Civ.

El fundamento del recurso de casación es anfibológico, porque alega la casación, refiriendo presuntas causales de nulidad que hubiera incurrido el Tribunal ad quem a tiempo de resolver la apelación, o sea se plantea un recurso que no concreta correctamente su reclamo como casación en el fondo o en la forma, dando a los mismos hechos la virtualidad de constituir, al mismo tiempo, motivo de casación y nulidad de obrados; confusión inadmisible porque ambos recursos son dos realidades procesales de diferente naturaleza jurídica, que deben fundamentarse en forma separada y diferenciada; el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando", es decir en la violación de leyes sustantivas en la decisión de la causa, debidamente identificados a tenor del art. 253 del Cód. Pdto. Civ.; mientras que el recurso de casación en la forma o recurso de nulidad propiamente dicho, debe fundarse en errores "in procedendo", referido al quebrantamiento de preceptos legales adjetivos o rituales, o sea violación de las formas esenciales del proceso, enumeradas en el art. 254 de dicho cuerpo legal