Auto Supremo AS/0740/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0740/2006

Fecha: 11-Sep-2006

En cuanto al recurso de nulidad formulado por Y


En cuanto al recurso de nulidad formulado por Y.P.F.B. por la vulneración del art. 34 inc. b) del Cód. Proc. Trab. por falta de citación al Ministerio Público y habiendo dictaminado el señor Fiscal General de la República, en sentido que corresponde anularse el proceso por la supuesta infracción de disposiciones que afectan al orden público, por la no intervención del Ministerio Público, corresponde mencionar que a partir de la Ley Nº 2175 de 13 de febrero de 2001, vigente desde la fecha de su publicación 20 de febrero de 2001, la intervención del Ministerio Público es obligatoria únicamente en materia penal y en todos aquellos procesos que se hubiesen iniciado con anterioridad a la vigencia de la mencionada Ley, por lo que la Sala Plena de este Tribunal ha emitido la Circular Nº 25/2004 de 21 de junio de 2004, disponiendo "la no intervención del Ministerio Público en las causas que no fueren penales", de donde queda claro que habiéndose iniciado la presente demanda en 8 de noviembre de 2002, según el cargo de presentación de fs. 12 vlta., fecha posterior a la vigencia de la nueva Ley Orgánica del Ministerio Público, su no intervención en la presente causa no es causal de nulidad alguna, como pretenden tanto la entidad recurrente como la Fiscalía General de la República