Que, contra el auto de vista de 21 de enero de 2004, la parte demandada,
Que, contra el auto de vista de 21 de enero de 2004, la parte demandada, interpone recurso de casación en el fondo, acusando errónea aplicación de los arts. 2, 12 y 13 de la L.G.T.; la violación de los arts. 510 y 519 del Cód. Pdto. Civ.; 2 del D.L. 16187 de 16 de febrero de 1979 y error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba permitiendo el reintegro por vacaciones, pidiendo al Tribunal de casación case el auto de vista recurrido y "providenciando" en el fondo declare improbada la demanda y probada la excepción de pago
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 011/04 SSA-III de 21 de enero
- Que, contra el auto de vista de 21 de enero de 2004, la parte demandada,
- CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis en relación a los datos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
