Auto Supremo AS/0756/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0756/2006

Fecha: 11-Sep-2006

En la especie, de la revisión del proceso, no se observa que el tribunal de


De la revisión del recurso, se evidencia que aparte de ser redundante, como si se tratara de un memorial de conclusiones, contiene los mismos fundamentos expuestos en su apelación, los cuales conforme consta de las resoluciones de instancia, ya merecieron análisis y resolución; al presente de manera contradictoria solicita se "case el auto de vista y a la vez se anule obrados", sin concretar su reclamo, porque no obstante de plantear por separado la casación en el fondo y en la forma; sin embargo da a los mismos hechos, la virtualidad de constituir, al mismo tiempo, motivos de casación en cualesquiera de tales formas.

En la especie, de la revisión del proceso, no se observa que el tribunal de apelación hubiera incurrido en interpretación y aplicación errónea e indebida de las normas citadas, menos en la apreciación errónea de las pruebas, por cuanto no demostró en qué consiste el error de derecho y error de hecho en la apreciación o valoración de las pruebas, conforme exige la última parte del art. 253 inc. 3) del Cód. Pdto. Civil; al contrario los de instancia han arribado a la libre valoración de las pruebas coincidentemente en función al art. 158 del Cód. Proc. Trab., concluyendo con el fallo motivo de análisis; con la única salvedad que al haberse producido el accidente del actor estando trabajando para la empresa demandada, ésta debía haber corrido con los gastos médicos, no sólo por acto humanitario sino obrando en justicia