Auto Supremo AS/0777/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0777/2006

Fecha: 11-Sep-2006

En cuanto al pretendido recurso de casación en la forma, el recurrente sólo se limita


En cuanto al pretendido recurso de casación en la forma, el recurrente sólo se limita a indicar que la sentencia ha "...sobrepasado lo pedido en la demanda por una parte y no haberse pronunciado sobre las pretensiones de mi mandante tanto en la sentencia dictada por la aquo y por éste Tribunal..." sin fundamentar ni precisar, en absoluto, de qué forma es que los de instancia se habrían manifestado ultra o infra petita