Que, contra el auto de vista, el representante de la empresa demandada, interpone recurso de
Que, contra el auto de vista, el representante de la empresa demandada, interpone recurso de casación en el fondo (fs. 123-124), alegando que no se ha tomando en cuenta que es falso que la empresa no hubiera colaborado al demandante cuando tuvo el accidente, pues se lo llevó al hospital, se canceló su atención médica y se acordó con él un convenio en el que se le reconoció una indemnización por el accidente de trabajo, pese a que cuando ocurrió dicho hecho, se encontraba en estado de embriaguez. Tampoco se consideró que el demandante hizo abandono injustificado de su fuente de trabajo, por ello, recién, a los seis meses de ocurrido el accidente, inició el presente proceso. Consiguientemente al haberse violado el art. 80 inc. e) de la L.G.T., solicitó se conceda el recurso de casación para que este Tribunal, case el auto de vista, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por el representante de la empresa demandada, mediante auto de
- Que, contra el auto de vista, el representante de la empresa demandada, interpone recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
