En grado de apelación, por auto de vista No
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VISTOS: Los recursos de casación de fs. 63-64 interpuesto por Osvaldo Aurelio Gutiérrez Serrate en representación de la Empresa Sergut SRL. y de fs. 67-69 planteado por Misael Franco Paniagua, contra el auto de vista No. 025 de 30 de enero de 2004 (fs. 59-60), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Misael Franco Paniagua contra la empresa recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 3ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia No. 115 el 7 de agosto de 2002 (fs. 40-42), declarando probada en parte la demanda de fs. 2-3 sin costas e improbada la excepción perentoria de pago documentado, ordenando al demandado en su condición de propietario de la Empresa Sergut SRL., cancele a favor del actor por beneficios sociales la suma de $us. 1.777,34.-
En grado de apelación, por auto de vista No. 025 de 30 de enero de 2004 (fs. 59-60), se confirmó en todas sus partes la sentencia de fs. 40-42, sin costas por la doble apelación
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, por auto de vista No
- La empresa demandada por memorial de fs
- A su vez, el actor a tiempo de responder el recurso, también plantea recurso de
- Que, a este efecto y de la revisión de ambos recursos, se colige que ninguno
- En la especie, aparte de lo expresado, ninguno de los recurrentes demuestra de manera clara,
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en los recursos es insuficiente, hechos que hacen
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
