Por su parte, el demandante también interpone recurso de casación en el fondo (fs
Por su parte, el demandante también interpone recurso de casación en el fondo (fs. 364-367), alegando que se arremete los arts. 162-II de la C.P.E., 4º, 6º y 13 de la L.G.T., porque el auto de vista no hizo una correcta apreciación de las pruebas, al haber determinado el monto indemnizable en Bs.- 18.112,60.-, cuando lo que corresponde es el monto contenido en la liquidación realizada por el Ministerio de Trabajo, con un sueldo promedio indemnizable de Bs.- 4.742,69.-, solicitando se case el auto de vista y se dicte auto supremo, ordenando se le cancele todos sus derechos sociales, que asciende a la suma de Bs.- 56.819.-, con costas; es decir el recurrente no indica ni precisa de manera clara que disposiciones legales se han violado, aplicado indebidamente, interpretado erróneamente o si se hubiere incurrido en error de hecho o de derecho, según establece el art. 253 del Cód. Pdto. Civ
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 354 de 9 de agosto de
- Que, contra el referido auto de vista, el representante de la entidad demandada, interpone recurso
- b) En la forma, aduce que se han violado las formas esenciales del proceso, conforme
- Por su parte, el demandante también interpone recurso de casación en el fondo (fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que ambos recurrentes no cumplen con los
- De tal manera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
