En grado de apelación formulada por el apoderado de la empresa demandada, mediante el auto
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 43-44, interpuesto por Rodolfo Valentín Solíz Sánchez, representante de la empresa Hidro Drill, contra el auto de vista de 13 de agosto de 2004, (fs. 38-39), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni; dentro el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Dorian Henry Vargas Rivera, contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 47-48, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, iniciado el proceso social, el representante de la empresa demandada, opuso excepciones previas de imprecisión y contradicción en la demanda e incompetencia, que fueron declaradas improbadas por el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Trinidad, mediante auto definitivo Nº 111 de 3 de junio de 2004 (fs. 28), ordenando la prosecución del proceso.
En grado de apelación formulada por el apoderado de la empresa demandada, mediante el auto de vista indicado de 13 de agosto de 2004, (fs. 38-39), se confirma el auto apelado, con costas
- DISTRITO: Beni PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación formulada por el apoderado de la empresa demandada, mediante el auto
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
