CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de casación de fs. 468-474, interpuesto por Luis Alberto Peña España en representación de la empresa Fletcher Challenge Industries S.A. (F.C.I. S.A.) contra el auto de vista Nro. 106/2004 de 17 de mayo de 2004, cursante a fs. 458-459, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro el proceso laboral seguido por María Del Rosario Villazón de Angulo contra la Empresa recurrente; la respuesta de fs. 479-481, el auto concesorio del recurso de fs. 482, los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, en fecha 25 de noviembre de 2002, pronunció la sentencia de fs. 386-387, declarando improbada la demanda en todas sus partes
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- CONSIDERANDO II: Que, por mandato expreso del art
- En ejercicio de aquella facultad y revisando de oficio los antecedentes del proceso, se establece
- Por lo expuesto, corresponde dar cumplimiento con lo establecido en el art
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
