CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso y, con la facultad conferida por el art. 15 de la L.O.J., los tribunales y jueces de alzada en relación con los de primera instancia y los de casación respecto de aquellos, están obligados a revisar los procesos de oficio, a tiempo de conocer una causa, si los jueces y funcionarios observaron los plazos y leyes que norman la tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes, a este efecto se tiene:
1.- Ley Orgánica de Municipalidades Nº 696 de 10 de enero de 1985, ha sido abrogada por La Ley de Municipalidades Nº 2028 de 28 de octubre de 1999, publicada el 8 de noviembre de 1999, cuyo art. 59 inc. 2), establece que: "Los funcionarios designados y de libre nombramiento que comprenden al personal compuesto por los oficiales mayores y los oficiales asesores del Gobierno Municipal... no se encuentran sujetas a la Ley General del Trabajo..."
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 78/04 de 22 de marzo de
- Que, contra el auto de vista, el apoderado del Municipio demandado, interpone recurso de casación
- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido y, se declare improbada la demanda
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso y,
- Ahora bien, de la revisión del expediente (literales de fs
- Consiguientemente, al haberse advertido que el Juez a quo como el Tribunal ad quem obraron
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
