CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 62-64, interpuesto por Guillermo Rocha Pizarro, en representación del Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, contra el auto de vista Nº 67/04 de 22 de marzo de 2004 (fs. 59), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social de reintegro de beneficios sociales, seguido por Javier Raúl Cárdenas Baldivieso contra la Alcaldía que representa el recurrente, la respuesta de fs. 65-66, el dictamen fiscal de fs. 70-71, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 67/2002 el 2 de diciembre de 2002 (46-47) declarando probada la demanda, improbada la excepción perentoria de prescripción y probada en parte la excepción perentoria de pago, ordenando que la entidad demandada, cancele al actor Bs. 109.076,31.- por concepto de reintegro de indemnización, desahucio, aguinaldo y vacación
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por el representante de la entidad demandada, por auto de
- Que, contra el auto de vista, el indicado apoderado de la entidad demandada, interpone recurso
- Concluyó solicitando se case el auto de vista y revoque completamente la sentencia, declarando probadas
- CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal, corresponde verificar si es o no evidente
- II
- Por otra parte, si realmente el Tribunal ad quem, hubiera incurrido en la omisión, ésta
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del Profesional Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
