Auto Supremo AS/0011/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0011/2007

Fecha: 26-Ene-2007

En lo que hace al recurso de casación en el fondo, menciona la confesión del


En lo que hace al recurso de casación en el fondo, menciona la confesión del actor, en sentido de haber abandonado el trabajo antes de los cuatro meses de trabajo, correspondiendo por consiguiente se case el auto de vista recurrido de 31 de marzo de 2006, disponiendo se dicte una nueva sentencia de acuerdo a ley y los datos del proceso, ya que está probado que el actor abandonó el trabajo; menciona asimismo, que las pruebas de reciente obtención aportadas por el demandado no fueron consideradas por el auto de vista violándose el art. 232 numerales I) y II), cuando con ellas se ha probado la violación del art. 31 de la C.P.E., por usurpar la Jueza de Sucre, funciones jurisdiccionales en una supuesta relación obrero patronal que se origina en Ocurrí-Chayanta- Potosí y, por violarse normas procesales, corresponde la casación obligando a la Jueza dictar una nueva sentencia. Concluye con el petitorio común de que se case el auto de vista recurrido de 31 de marzo de 2006 y en el fondo se declare improbada la demanda de fs. 7-9