CONSIDERANDO I: Que la sentencia de fs
DISTRITO: La Paz
PARTES: Pedro Chura Cocarico c/ Empresa Constructora Zapata S. R. L. EMCOPAZ
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VISTOS: Elrecurso de casación de fs. 115-116 interpuesto por Pedro Chura Cocarico del auto de vista No. 288/01 de fs. 112 dictado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso laboral sobre cobro de beneficios sociales que sigue contra la Empresa Constructora Zapata S.R.L. - EMCOPAZ; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, lo alegado por las partes, y
CONSIDERANDO I: Que la sentencia de fs. 64-65, dictada por el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, declara probada en parte la demanda de fs. 1-2, con costas; reconociendo al actor por concepto de indemnización por tiempo de servicios, desahucio, aguinaldo y sueldos devengados de enero y febrero de 1999 la suma de Bs. 11.979,81 calculados con un promedio mensual indemnizable de Bs. 1.500,00 y antigüedad de 3 años y 6 meses
- AUTO SUPREMO Nº 026 - Social Sucre, 23 de enero de 2007
- CONSIDERANDO I: Que la sentencia de fs
- Auto de vista del que el actor interpone el recurso de casación en la forma
- CONSIDERANDO II: Que el recurso referido, de fs
- Infracciones legales en las que incurre el Tribunal Ad quem, como señala el recurrente, al
- Concluye pidiendo la concesión del recurso y se eleven obrados ante la Corte Suprema de
- CONSIDERANDO III: Que, del estudio de antecedentes procesales se debe evidenciar, con relación al tema
- Todo lo que lleva a la conclusión de que efectivamente incurrió el actor en el
- De lo anteriormente expuesto se concluye que el Ad quem en aplicación de lo determinado
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 23 de enero de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
