De lo anteriormente expuesto se concluye que el Ad quem en aplicación de lo determinado
De lo anteriormente expuesto se concluye que el Ad quem en aplicación de lo determinado por el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, efectuó una correcta apreciación y valoración de la prueba aportada y de los antecedentes procesales, dando debida aplicación a las normas legales sobre la materia, al pronunciarse sobre los puntos resueltos por el A quo y que fueron objeto de la apelación, como se tiene relacionado
- AUTO SUPREMO Nº 026 - Social Sucre, 23 de enero de 2007
- CONSIDERANDO I: Que la sentencia de fs
- Auto de vista del que el actor interpone el recurso de casación en la forma
- CONSIDERANDO II: Que el recurso referido, de fs
- Infracciones legales en las que incurre el Tribunal Ad quem, como señala el recurrente, al
- Concluye pidiendo la concesión del recurso y se eleven obrados ante la Corte Suprema de
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- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 23 de enero de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
